Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandanda contra la decisión de fecha 26 de julio de 2017, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. Queda así confirmada en todas y cada una de sus partes, la anterior decisión, que declaró Con Lugar la demanda que por cobro de diferencias salariales y demás conceptos, incoara OSWALDO JOSE AGUIRRE SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.398.811, contra la Entidad de Trabajo TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS TRANSBANCA, C.A. Se condena en costas de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.