PROCEDENTE la medida cautelar solicitada y en consecuencia
ORDENA a la Zona Educativa del estado Monagas, dependiente del Ministerio de Educación y Deporte de la República Bolivariana de Venezuela que cese en la suspensión del pago que le corresponde a la ciudadana ESPERANZA GUEVARA DE GIRARDI, mientras dure la tramitación del presente juicio, con la finalidad de no hacer más critica la situación personal que alega tener la recurrente.
Notifíquese de esta decisión a la Zona Educativa del estado Monagas y a la Procuraduría General de la Republica,, de conformidad con el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y a la recurrente,, por haberse pronunciado la presente decisión fuera del lapso, anexando copia de esta decisión.