DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA SEXTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 437 y 450 ambos del Código Penal Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ABG. CARMEN PADILLA, en su carácter de defensora de los imputados ANDRÉS JOSÉ CARIAS y JOHAN MANUEL RIVAS LOVERA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 9 de septiembre de 2011, con ocasión de la audiencia para oír al aprehendido, mediante la cual decretó en contra de los referidos ciudadanos medida judicial privativa preventiva de libertad, conforme a lo establecido en los artículos 250 en sus numerales 1, 2 y 3, 251 numerales 2, 3 y 5, y artículo 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por.....