´Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua (actuando en Sede Constitucional), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, decide: PRIMERO: CON LUGAR el DESACATO al amparo constitucional que este Tribunal dictó en fecha 29 de septiembre de 2022. SEGUNDO: SE SANCIONA al ciudadano OTTO MARLON MEDINA DUARTE, titular de la cédula identidad Nº V-7.235.108, a cumplir diez (10) meses y quince (15) días de prisión, mas las accesorias de la ley por la comisión del referido Desacato al mandamiento del amparo constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 31 de la Ley Organica de Amparo sobre Derechos y Garantias Constitucionales. TERCERO: Remitase en consulta per saltum copia certificada de la presente decisión a la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia. Asi se decide
.
Publíquese, regístres.....