D E C I S I Ó N
En mérito de lo procedentemente expuesto, el JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, asentada por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Aragua, según Acta N° 181 de fecha veintiuno (21) de Febrero de Mil Novecientos Noventa y Uno (1991), inserta al folio 181 del Libro de Registro llevado por ante el Registro antes mencionado. En consecuencia se ordena insertar en la referida Acta de nacimiento, la nota correspondiente en el sentido siguiente: DONDE SE LEE: 6.225.896; SIENDO LO CORRECTO DEBE DECIR: 6.277.696.
Se ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Bolívar y al Registrador Principal del Estado Aragua, a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada sellada y firma.....