DISPOSITIVA
En consecuencia a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1. DECLARA REDIMIDA LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR, al penado JORGE LUIS PAREDES MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.393.596, CINCO (05) MESES ,UN (01) DÍA Y DOCE (12) HORAS, que sumados a su detención al día de hoy SIETE (07) AÑOS , CUATRO (04) MESES, Y TRES (03) DIAS, SUMADO A SU REDENCION DE (12/12/2018), DOS (02) AÑOS ONCE (11) MESES VENTISIETE (27) DIAS, da un total de pena cumplida de DIEZ (10) AÑOS, NUEVE (09) MESES, UN (01) DIAS y DOCE (12:00) HORAS, faltándole por cumplir, UN (01) AÑO, UN (01) MESES Y TRES (03) DIAS, DOCE (12:00) HORAS que los terminará de cumplir el día 29/01/2021. de conformidad con los artículos 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordan.....