DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional, declara INADMISIBLEa tenor de lo previsto en los cardinales 1°, 4° y 5° del artículo 18, concatenado con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la presente acción de Amparo Constitucional incoada por EGIDIO GONCALVES PESTANA DO VALE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-12.138.704, quien se encuentra asistido por la abogada DAMARIS ALVAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social Del Abogado bajo el N° 166.835, dirigiendo su pretensión en contra de la ciudadana SUSANA GONCALVES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-14.104.265.
No hay condenatoria en costas, en virtud de la decisión .....