Este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos interpuesto por el ABG. JOHAN CARLOS LEON SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 167.944, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos: IVAN LUIS DELGADO MENDEZ y JOSE CRISTOBAL MENDEZ titulares de la cédula de identidades Nros. V- 15.733.210 y V-13.241.495, contra la entidad de trabajo EL – EL YON CA SEGUNDO: Se condena a la parte accionada a pagar al ciudadano IVAN LUIS DELGADO MENDEZ la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 2.631.189,73) y al ciudadano JOSE CRISTOBAL MENDEZ la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y TRE.....