Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Cuarto de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado
Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela
y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO:
SIN LUGAR la presente ACCIÓN MERODECLARATIVA DE
RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana YUSSY
MELISSA DIAZ CEBALLOS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-
16.865.150, debidamente representada por el apoderado judicial ERASMO
NARDELLA PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 125.940, contra el
ciudadano CARLOS EDUARDO BRAVO PATIÑO, titular de la cédula de identidad
Nº 5.793.122.
SEGUNDO
: Por la naturaleza de lo decidido no hay especial condenatoria en costas.
TERCERO
: Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera del lapso legal para
ello, se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo establecido en
el ar.....