Primero: se REPONE la presente causa al estado de pronunciamiento de este Tribunal sobre la admisión o no del presente juicio por INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS, incoado por la ciudadana LAURA MERCEDES PEREZ LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.302.092, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio WUILMAN ANTONIO MOLINA ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 128.492, contra la Sociedad Civil CENTRO MEDICO MARACAY C.A, inicialmente constituida como Médicos Asociados C.A, mediante documento inscrito ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción del estado Aragua, bajo el N° 79, Tomo 10, del día 22 de Diciembre de 1975, cuyo cambio de denominación registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N° 58, Tomo 2 de los libros respectivos, del 24 de Febrero del 1976.
Segundo: como consecuencia, se REVOCA auto de admisión dictado por e.....