III. DISPOSITIVA.
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero, en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION ejercido por los abogados IRIS RAQUEL CAMACARO y LEOPOLDO JOSE SEQUEDA CAMACARO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 74.235 y 205.511 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, contenido en la diligencia de fecha 14 de enero de 2025 (folio 167), conforme a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia, se le imparte su HOMOLOGACIÓN, con autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Remítase el presente asunto al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua.
Regístre.....