Declarado SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el Recurrente CLAUDIO AMADOR VALERO en virtud de que; en cuanto al alegato de la violación total y absoluta de la actuación fiscal, este Tribunal observa que, la fiscalización si indicó sobre cuales documentos se realizaría la investigación y conforme a la ley, el recurrente sabía que la fiscalización podría abarcar todos aquellos períodos que no estuvieren prescritos por lo tanto es irrelevante decretar el vicio denunciado para la nulidad del acto, cuando en ningún momento el recurrente sufrió menoscabo a su derecho a la defensa. En lo que respecta al segundo alegato referido al vicio de nulidad que se presenta por la violación del artículo 149, numeral segundo del COT, este Juzgador considera que de conformidad con lo establecido en los artículos 163 del COT concatenado con el artículo 84 de la LOPA, la Administración Tributaria, ejerció la potestad rectificadora, además si bien es cierto en un principio incurrió .....