Con vista a la prohibición establecida en el Decreto Ley publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.305, de fecha 29-11-2013, el Tribunal considera que en el presente caso debe negarse como en efecto se NIEGA el decreto de la medida cautelar de secuestro solicitada por la parte actora. Y así se decide. Cúmplase.