Eeste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano EDGAR ALEXANDER VARULLI BOMPART, titular de la cedula de identidad Nº V-27.820.564, fecha de nacimiento 11-09-1995, natural de: Maracay, Estado Aragua, edad 23 años, profesión u oficio: obrero, estado civil: soltero, dirección: Barrio José Gregorio Hernández, Calle Ribas, Casa N° 28, Maracay, Estado Aragua., por la comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, conforme a la calificación jurídica dada por el Ministerio Público, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, por no encontrarse comprobada su participación en los hechos objeto del presente juicio. SEGUNDO: Este Tribunal exime del .....