ANÁLISIS
Del análisis hecho a las actuaciones que conforman el presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue este Tribunal y revisado como han sido dichas actuaciones, y lo alegado en el Escrito de Contestación de la Demanda por el abogado en ejercicio ANGEL MANUEL REBOLLEDO, Inpreabogado No. 46.893, en su carácter de autos, mediante la cual en nombre de su representado, impugna la cambiaria accionada, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 444 del Código de Procedimiento Civil vigente, la desconoce en su contenido y firma, igualmente rechaza, niega y contradice lo alegado por la parte actora en su libelo de demanda. Dice el Artículo 444 del Código de procedimiento Civil vigente: "La parte contra quien se produzca en juicio un instrumento privado como emanado de ella o de algún causante suyo, deberá manifestar formalmente si lo reconoce o lo niega, ya en el caso de la contestación de la demanda, si el instrumento se ha producido con el libelo, ya dentro de los cinco día.....