Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar el inmueble que se identifica a continuación: Constituido por un Local de uso comercial tipo Galpón, con un aréa de DOSCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (230 Mts.2), aproximadamente con sus respectivas oficinas de dos niveles, tres baños, ubicado en Parcela N° 16-6, Galpón B-5, Calle Las Américas, Zona Industrial La Providencia, Condominio Centro Comercial Girasol, Carretera Intercomunal Maracay-Turmero, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, libre de personas y cosas en el mismo estado, en el cual lo recibió.
SEGUNDO: Pagar las costas del presente proceso.-
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del .....