Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano JOSÉ DARIO ESCALONA TORREALBA, cédula de identidad N° V-5.279.280, en contra de la entidad de trabajo INTERNATIONAL EQUIPMENT SERVICIO, C.A.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador respectivo.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Aragua, sede Maracay, en la misma ciudad, el diecisiete (17) de marzo de dos mil veintitrés (2023). Año 212º de la Independencia y 164º de la Federación.