Por todo lo ante expuesto, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda: el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado FEBRES GUEVARA DOUGLAS JESUS, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.405.625, nacido en CARACAS DISTRITO CAPITAL, en fecha 07-07-1975, de 31 años de edad, soltero, residenciado en El Silencio, plaza Oleari, Bloque 01, piso 5, Apto. 19, Caracas Distrito Capital; de conformidad con los artículos 493 y hoy 494 del Código Orgánico Procesal Penal, fijando como régimen de prueba el plazo de DOS (02) AÑOS, el cual terminara de cumplir en la fecha que el delegado de prueba informe a este Tribunal el cumplimiento del plazo señalado y de las condiciones impuestas por lo que, deberá:
1) No cambiar su residencia establecida ut-supra, sin autorización del Tribunal o del delegado de prueba
2) Absten.....