III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: PROCEDENTE Y CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA DE BENEFICIO DE ATRASO solicitado por ciudadano comerciante JAIME ALBERTO TAMAYO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 6.121.737, fiador y avalista de la sociedad mercantil PINTURAS VENEZOLANAS, C.A. (PINTUVEN, C.A.), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 17 de Febrero de 2.004, bajo el Nº 75, Tomo 8-A,concediéndole un lapso de un (1) año para que proceda y continúe con la liquidación amigable de los negocios, a partir de la presente fecha.
SEGUNDO: Se fija un lapso de c.....