IV
DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho supra mencionadas, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE REPONE la causa al estado de que el tribunal de la causa ordene notificar a la parte demandada de la sentencia dictada en fecha 18 de agosto de 2021. En consecuencia, se anula el auto de fecha 4 de febrero de 2022, mediante el cual se ordenó oír el recurso de apelación ejercido por la parte actora, el cual riela a los folios 122 y 123 del presente cuaderno de medidas.
SEGUNDO: REMÍTASE el presente cuaderno a su tribunal de origen a fin de que cumpla con lo ordenado en este fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costa en razón de la naturaleza del presente fallo.
CUARTO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión a ten.....