Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 12, 82 ordinal 15º, 90, 95, 242, 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación planteada por el ciudadano ALBERTO JOSE PEÑA PLAZA, supra identificado, en su carácter de parte demandada, en contra del Juez del JUZGADO SEPTIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, abogado MAURO GUERRA, en el juicio signado con el N° AP31-V-2008-000473, de la nomenclatura del mencionado Organo Jurisdiccional, referido al juicio que por COBRO DE BOLIVARES (CONDOMINIO), sigue la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA ONNIS, C.A., contra el ciudadano ALBERTO JOSE PEÑA PLAZA.
SEGUNDO: Se le impone una multa de DOS MIL BOLIVARES.....