Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación formulado por la abogada ALEJANDRO UGARTE SPERANDIO, Defensor Privado del ciudadano ALEJANDRO JORGE UGARTE A, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada el 01 de abril del 2011, por el Tribunal Cuadragésimo Octavo (48°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó en contra del ciudadano ALEJANDRO JORGE UGARTE A, una medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, en relación con lo dispuesto en el artículo 251 numerales 2, 3 y parágrafo primero .....