este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la Ciudadana MARILEN SANDIA, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.343.762 contra la CORPORACION DE CALZADOS VENEZUELA B.L.M., anteriormente, S.A. REX, por el Ciudadano FILIPO LOMBARDO BIONDO, en su carácter de Administrador, ordenándole este Tribunal cancelar a la parte actora la suma de BOLÍVARES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON TRES CENTIMOS (Bs. 145.553,3),