Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, interpuesta por el ciudadano Mario Antonio Passarelli Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.573.652, quien actúa en su carácter de apoderado de la empresa GORE OBRAS CIVILES, C.A., sociedad mercantil debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar en fecha 05 de junio de 2.001, quedando anotada bajo el Nº 7, tomo A-22, con posteriores modificaciones, siendo la última de ella, la de fecha 02 de marzo de 2.005, a.....