(...) esta Juez Unipersonal Novena del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud, por cuanto la parte solicitante demostró suficientemente lo alegado en su escrito, por lo que se ordena rectificar por vía SUMARIA y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, el acta de nacimiento del niño (...), la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el N° 747, Folio 374, Libro 2 correspondiente al año 2002, de la siguiente manera: En la referida partida de nacimiento se debe colocar como número de cédula de identidad del progenitor el N° 17.963.723, y en tal sentido, se ordena que se realice la debida corrección a través de .....