Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, constituido con Jueces Asociados de conformidad con la Ley, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la impugnación de la estimación de la demanda formulada por los apoderados judiciales de la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción mero declarativa de unión estable de hecho, intentada por la ciudadana BEATRIZ MARIA IBAÑEZ BARBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.294.390 y de este domicilio, contra el ciudadano ZENEN ABDON LLANOS MANCERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.618.126 y de este domicilio.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la especial naturaleza del fallo.