Por las razones que se expusieron, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Carmen Cecilia Maldonado Valduz, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 22 de mayo de 2013, por el Juzgado Quinto de Primera de Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE REVOCA, el auto de fecha 06 de junio de 2013, que escucho en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana antes identificada. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.