expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara:
PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE por la categoría, territorio y materia para conocer y decidir la presente consulta prevista en el artículo 9 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales de la admisión, procedimiento y decisión adoptada en fecha 16 de mayo de 2024 por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Villa de Cura, en el Expediente N°6891, nomenclatura propia de dicho Juzgado.
SEGUNDO: En los términos antes indicados, se CONFIRMA Y RATIFICA la admisión de la solicitud de amparo, el procedimiento llevado a cabo y la decisión adoptada en fecha 16 de mayo de 2024 por el Juzgado Primero de Municipio Ordina.....