INADMISIBLE por EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado ALEJANDRO YEMES NAVAS, en su condición de defensor del ciudadano HERNÁNDEZ JOSÉ GREGORIO, contra la decisión dictada en fecha 22 de mayo de 2009, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control N° 08 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otros pronunciamientos decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del supra señalado ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; todo ello por disposición expresa del artículo 437 literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal.