en donde la parte demandada hace un ofrecimiento a la Apoderada Judicial de la parte Demandante por la cantidad de veintiocho mil bolívares sin céntimos (Bs. 28.000,00), los cuales son pagados en este acto mediante cheque Nº 25-47319923 de fecha 16 de septiembre de 2010, girado contra la cuenta corriente Nº 0115-0057-99-30001322981 del Banco EXYERIOR, por un monto de veintiocho mil bolívares exactos (Bs. 28.00,00), a favor de la ciudadana SHIRLEY DAVILA, ofrecimiento este aceptado por la Apoderada Judicial de la Trabajadora demandante, con la finalidad de poner fin a la demanda que por Enfermedad Ocupacional incoara la ciudadana SHIRLEY DESSIRE DAVILA SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-17.274.111 contra la "SOCIEDAD DE COMERCIO EMBUTIDOS LA ESTRELLA DE ARAGUA (EMESAR) C.A.". En este estado el ciudadano Juez ordena agregar a los autos una copia de la transacción presentada y del cheque pagado para que los mismos surtan los efectos jurídicos de ley. Se deja expr.....