, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA POR CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS, intentada por el ciudadano LUIS ELISEO CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad Número V.-8.250.825 contra la Entidad de Trabajo ECO CHEMICAL 2000 C.A., y se ordenará el cierre y archivo del mismo una vez que transcurran los lapsos procesales que prosiguen.