Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Inadmisible el recurso de nulidad del acto administrativo efectos particulares Providencia Administrativa Nº 00612, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry, Costa de Oro, Libertador, Linares Alcantara y Mariño del Estado Aragua, con sede la Ciudad de Maracay, de fecha 12 de septiembre de 2013, en procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos intentado por el ciudadano VIRGILIO JOSE MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-9.657.402.