Este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal de éste Estado, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada con el N° 4J-1773-14, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal en relación a quien respondiera en vida al nombre de FELIX ELIAS GONZALEZ LOPEZ, Titular de la Cedula de Identidad V-13.620.691, residenciado en: AV. 3, CASA #40, URBANIZACION LA MORA I, LA VICTORIA, ESTADO ARAGUA, POR HOMOLOGACION DE ACUERDO REPARATORIO ACORDADO POR LAS PARTES. Notifíquese.- Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. RODOLFO ANTONIO AMPUEDA ESPAÑA.