Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 313 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 375 ejusdem CONDENA al ciudadano JUAN ERNESTO RODRIGUEZ NATERA, titular de la cedula de identidad Nro V-18.610.168, a cumplir con la pena de cuatro (4) años de prisión por la comisión del delito TRAFICO DE MATERIAL ESTRATEGICO, ART 34 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo.
Se exonera del pago de las costas procesales por ser gratuita la justicia y en aplicación del criterio sostenido de manera pacífica y reiterada por el Tribunal Supremo de Justicia en sentencias Nº 3096 y 2956 de fechas 05/11/2003 y 10/10/2005 respectivamente, ambas con ponencia del magistrado Dr. PEDRO RONDÓN HAAZ, y Nº 38 de fecha 22/0.....