DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tercero de Juicio, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE, para conocer del presente asunto y dictar respectiva Sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 68 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ABSUELVE a los ciudadanos 1-JOSE JESUS OCHOA HERRERA, titular de la cedula de identidad N° V-8.829.697, de 54 años de edad, profesión: DESEMPLEADO, residenciado en: CALLE URDANETA SUR, CASA N° 10-A. SECTOR LA REPRESA, VILLA DE CURA, MUNICIPIO ZAMORA ESTADO ARAGUA,TELEFONO: 0412-4603932 y 2-CARLOS DANIEL OCHOA TOSTA, titular de la cedula de identidad N° V-26.039.901, de 25 años de edad, profesión: COMERCIANTE, residenciado en: AVENIDA PARADISE, CASA No05, SECTOR CENTRO, VILLA DE CURA,MUN.....