Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN TRANSICIÓN Y NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Enfermedad Ocupacional incoara la ciudadana: ÁNGELA CUSTODIA SANOJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.686.439 en contra de las SOCIEDADES MERCANTILES PASTAS ALLEGRI C.A. y TRANSPORTE GIOVALCA, C.A., plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a las Empresas a pagar la cantidad de: CUARENTA MIL CINCUENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. 40.054,80), de la manera como se indico en la parte motiva del presente fallo. No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total de conformidad con lo establecido en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Proce.....