Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Enfermedad Ocupacional intentara el ciudadano LUIS JESUS PEÑALVER AGUILERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.532.482, contra la Sociedad Mercantil ARTE´S CONSULTORES C.A. y JEANTEX, S.A., y en consecuencia, SE CONDENA a la demandada ARTE´S CONSULTORES C.A. antes identificada, a pagarle a la parte actora la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 80.000,00), por concepto de daño moral.