Seguidamente este Juzgado Segundo De Primera Instancia En Funciones De Control De La Sección Penal De Responsabilidad De Adolescente, Circuito Judicial Penal Del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta: PRIMERO: El Tribunal desestima la aprehensión en flagrancia, solicitada por el fiscal del Ministerio Publico. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal por aplicación supletoria del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes; TERCERO: El Tribunal se APARTA de la precalificación realizada por la representación fiscal, y decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES para los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXX, de conformidad con lo establecido en el artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 1 del Códig.....