D I S P O S I T I V O
Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, al considerar que es procedente la referida Partición y Liquidación Amigable incoado por los ciudadanos, AILYN DEL VALLE BOLIVAR DE RODRIGUEZ y RICHARD DOMINGO RODRIGUEZ VERDU, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.115.065 y V-11.678.407, respectivamente, la primera de ellos asistida por las abogadas en ejercicio, RAQUEL CHACIN y MARIANELA CELINA ZAVALA FUENTES, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 86.594 y 76.457 y el segundo de ellos asistido por el abogado en ejercicio RAMON VICENTE RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 83.589, a tenor de los dispuesto en el Artículo 788 del Código de Procedimiento Civil: PRIMERO: Homologa en to.....