razón por la cual esta Juzgadora a tenor de lo dispuesto en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 396 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana NORMA JOSEFINA ARRAEZ HERES, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.367.688, de este domicilio. En consecuencia, se nombra Tutor Interino al ciudadano SAMUEL BUSTAMANTE HERMOSO, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 1.971.383; igualmente se designa Protutor a la ciudadana ALECIA DE JESUS ARRAEZ HERES DE BUSTAMANTE, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 2.852.285 y Suplente al ciudadano FROILAN ANTONIO ARREZ HERES, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 3.126.147.- Para constituir el Consejo de Tutela se designa a los anteriormente identificados ciuda.....