Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: OLGA LICETH SILVA Y JOSE LUIS COBO OVIEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-10.364.796 y 8816.258 respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha doce (12) de Agosto de mil novecientos noventa y dos (1992), según se evidencia de la CERTIFICACIÓN del Acta de Matrimonio expedida por ante el Registro Civil la Parroquia Zuata, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 34,, tomo 01, del año 1992, folios 101-102-103 en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por dicho despacho.....