DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano REINALDO ANTONIO DURAN BOGADY, Titular de la Cédula de Identidad N° V-20.109.716, Venezolano, Soltero, domiciliado SECTOR BUCARAL DE URACA, CASA S/N, CALLE S/N, PARROQUIA CHORONI, MUNICIPIO GIRARDOT, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de SIETE (07) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de OCUPACION ILICITA DE AREAS NATURALES Y PROTEGIDAS, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Penal del Ambiente. Se observa que el penado fue condenado a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 Ejusdem. Así mismo se le participa que dicho PENADO se encuentra en libertad, pudiendo optar a la Suspensión Condicional de la.....