D E C I S I Ó N
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestos, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel de la Circunscripción Judicial del estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara: PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA, POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el presente procedimiento de INSPECCIÓN JUDICIAL, presentado por el abogado, ALEJANDRO NOGUERA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro. V-13.133.154, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.171.704, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil C.A CERVECERÍA REGIONAL, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Zulia, bajo el Nro.13, tomo 31-A RM1, de fecha 30 de mayo de 2011, según consta Poder Autenticado por ante la Notaria Publica Primera del Municipio Baruta del estado Mirand.....