Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por el ciudadano JESUS ENRIQUE FAJARDO FAJARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-26.051.737, asistido por el abogado: JESUS PEÑA, debidamente inscrita en el Inpreabogado Nº 196.665, en su carácter de CEDIDO, y la ciudadana: RAQUEL JOSEFINA PLAZA MORGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.416.264, en su carácter de CEDEDORA.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Contenido y Firma del documento privado contentivo de CESIÓN PRIVADO sobre un inmueble constante de unas bienhechurías enclavada sobre una extensión de terr.....