En merito de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 254 y 506 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Reivindicación intentada por el ciudadano Walid Al Chaer Al Chaer, actuando en representación de la EMPRESA MERCANTIL GRUPO SOLEAL C.A, contra los ciudadanos PEDRO LEONARDO RODRÍGUEZ Y MERY LUCIA QUINTERO. SEGUNDO: Se condena a la parte actora al pago de las costas del juicio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.