se DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de apelación ejercido por las ciudadanas YALLISSE TERESA LOPEZ ROSALES y PETRY SULEIMA LOPEZ ROSALES, venezolanas, mayores de edad e identificadas con la cédula Nro. V-9.669.380 y V-7.188.283 respectivamente, asistidas de la Abogada Zoraya Ramírez Bello, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 61.142, ejercido en contra de la Sentencia emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Aragua, en el asunto principal identificado con la nomenclatura DP41-O-2015-000018. Y así se decide. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se REVOCA la sentencia impugnada. Y así se decide. TERCERO: Se ordena la reposición de la causa al estado de celebrar nueva audiencia de Amparo Constitucional por un Juez distinto al que conoció y tramitó la acción de amparo. Y así se decide. CUARTO: Vencido como sea la oportunidad procesal correspondiente, se ordena r.....