III
D E C I S I Ó N
Atendiendo a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de los efectos del acto administrativo dictado por Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales por medio de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores de Aragua (GERESAT-ARAGUA), del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), contenido en la Certificación Médica Ocupacional CMO ARA-0085-2024, de fecha 24 de julio de 2024, en la que se certificó la Enfermedad Ocupacional Agravada con Ocasión al Trabajo del ciudadano RA, ya identificado supra, formulada por la sociedad mercantil MATADERO INDUSTRIAL LAS VEGAS, C.A.