Es por lo que este Tribunal vista la situación planteada en este expediente y en acatamiento a lo dispuesto en la mencionada decisión, ORDENA, la remisión inmediata e integra de todas y cada una de las piezas que conforman el presente expediente identificadas en el encabezamiento de la presente decisión, por medio de Oficio al Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, YA QUE PARA PODER DECIDIR Y OBTENER LOS CONOCIMIENTOS NECESARIOS CON RELACIÓN TANTO DEL "RECURSO DE HECHO INTERPUESTO, COMO DEL RECURSO DE CASACIÓN, EL CUAL FUE DECLARADO INADMISIBLE Y EJERCIDO CONTRA LA DECISIÓN QUE DECLARO NO ADMISIBLE EL RECURSO DE INVALIDACION INTERPUESTO", decisiones estas dictadas por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial de Aragua con sede en Maracay, por cuanto que la negativa al recurso de invalidación corre al folio No-.14 y 15 de la pieza que signada DP11-R-2007,000035 y la negativa del Recurso de Casa.....