DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua DECLARA: SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana VERONICA TAVIO OLIVARES por Daño Material, Lucro Cesante y Daño Moral, a través de su apoderado judicial abogado GUSTAVO ENRIQUE OLIVARES, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 54.692 contra el ciudadano PAOLO MONARIS MUFFOLINI y la Sociedad Mercantil CLINICA LUGO, C.A., todos identificados anteriormente.
Se condena en costa a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en el presente proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificaci.....