En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley: PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana AINAK MARÍA MUÑÓZ de SANDREA, titular de la cédula de identidad N° V-11.389.418 y la entidad de trabajo STANHOME PANAMERICANA, C.A., respecto a los hechos litigiosos comprendidos en el procedimiento por cobro de PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: Se ordena remitir el presente asunto, una vez que hayan transcurrido el lapso legal para la interposición de los recursos, al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, para su cierre y archivo definitivo. No hay condenatoria en costas de conformidad con.....